Prueba de parentesco

Los niños estadounidenses de 15 años o menos deben ser titulares de un pasaporte infantil estadounidense para viajar al extranjero. Los padres o tutores legales deben obtener un pasaporte en nombre del menor. Cada cinco años, los niños deben volver a solicitar un nuevo pasaporte infantil hasta que tengan edad suficiente para obtener un pasaporte de adulto.

Debes presentar uno de los siguientes documentos para demostrar tu parentesco con el menor:

  • Certificado de nacimiento oficial de EE.UU. (con los nombres de los padres)

  • Orden judicial original por la que se establece la tutela

  • Orden judicial original por la que se establece la custodia

  • Decreto de adopción original (con los nombres de los padres adoptivos)

  • Formulario FS-240 o DS-1350 (Informe consular de nacimiento en el extranjero, con los nombres de los padres)
    Certificado de nacimiento extranjero (con los nombres de los padres adoptivos)

  • Nota: Si uno o ambos progenitores han cambiado de nombre desde la expedición del certificado de nacimiento del menor u otra prueba de parentesco, deberán presentarse pruebas legales del cambio de nombre de los progenitores, como certificados de matrimonio, sentencias de divorcio, documentos judiciales, etc.